El grado de discapacidad y otras ventajas – Asociación HHT España (2024)

¿Qué es el grado de discapacidad?

El Certificado del Grado de Discapacidad es un documento administrativo que reconoce a su titular la condición de persona con discapacidad en el grado que determinen los porcentajes de valoración aplicados.

La concesión del reconocimiento de la condición de persona con discapacidad y la calificación del grado de discapacidad permite el acceso del ciudadano a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorgan.

Es conocido que las personas que disponen del grado de discapacidad tienen ciertos beneficios a través del certificado que indica el porcentaje valorado, como puede ser plazas de aparcamientos, ventajas en la matrícula de los coches, e incluso rebajas en ciertos impuestos de propiedades.

A continuación vamos a explicar cual es la clasificación del grado de discapacidad, así como los beneficios otorgados por este certificado. Y posteriormente realizaremos un inciso con respecto al grado de discapacidad y la familia numerosa, debido a que tener este certificado hace que la familia numerosa sea con dos menores (en vez de tres) o con personas a cargo hasta los 25 años. Por tanto, las familias con personas con discapacidad con menores o personas a cargo disponen, además, los beneficios de familia numerosa.

Calificación del grado de discapacidad

El grado de discapacidad se expresará en PORCENTAJE. Se reconocen CINCO CATEGORÍAS O GRADOS DE LAS LIMITACIONES DE LA AUTONOMÍA

GRADO 1, LIMITACIONES DE LA AUTONOMÍA NULAS. Aunque la persona presenta una discapacidad, ésta no impide realizar las actividades de la vida diaria. La calificación de esta clase es del 0%.
GRADO 2, LIMITACIONES DE LA AUTONOMÍA LEVES. Existe dificultad para realizar algunas actividades de la vida diaria, pero el porcentaje de discapacidad está entre el 1% y el 24%.
GRADO 3, LIMITACIONES DE LA AUTONOMÍA MODERADAS. Hay una gran dificultad o imposibilidad para llevar a cabo algunas actividades, aunque la persona se puede cuidar a sí misma. El grado de discapacidad está comprendido entre un 25% y un 49%.
GRADO 4, LIMITACIONES DE LA AUTONOMÍA GRAVES. Existe dificultad para algunas actividades de autocuidado y un porcentaje de discapacidad que oscila entre un 50% y un 70%.
GRADO 5, LIMITACIONES DE LA AUTONOMÍA MUY GRAVES. Es el grado más severo. Las personas afectadas no pueden realizar por sí mismas las actividades de la vida diaria. El porcentaje de discapacidad es del 75%.

Beneficios del grado de discapacidad

La concesión del reconocimiento de la condición de persona con discapacidad y la calificación del grado de discapacidad permite el acceso del ciudadano a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorgan, algunos de caracter general en todo el territorio y otros de caracter regional o local. Para una información precisa sobre los beneficios que le puedan ser de aplicación deberá informarse en las oficinas de servicios sociales de su lugar de residencia.

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA, 65% O MÁS:
* Prestación económica por invalidez.
* Incremento del 50% en la cuantía económica si tiene un 75% del grado de discapacidad y 15 o más puntos en tercera persona.

PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO A CARGO, 33% y 65%
* Prestación económica hasta los 18 años, con el 33% y de 18 en adelante con el 65% (con un incremento del 50% en la cuantía económica si tiene un 75% del grado de discapacidad y 15 o más puntos en tercera persona).

LISMI (Ley de Integración Social del Minusválido), 33% O MÁS:
* Asistencia sanitaria y farmacéutica.
* Rehabilitación.
* Garantías de ingresos mínimos (65%) y ayuda tercera persona (75%).
* Subsidio de movilidad y/o compensación de gastos de transporte.

BENEFICIOS FISCALES EN EL IRPF, 33% O MÁS:
* Desgravación de la renta familiar por diversos conceptos.
* Reducción IRPF para personas trabajadoras con discapacidad.
* Deducciones adquisición a la vivienda.
* Planes de pensiones.

REDUCCIONES O EXENCIONES DE TASAS Y/O IMPUESTOS, 33% O MÁS:
* Sucesiones y donaciones.
* Transmisiones patrimoniales.
* Actos jurídicos documentados.
* Impuesto de sociedades.
* Aplicación de tipos de IVA reducidos o superreducidos a personas con movilidad reducida.

IMPUESTOS MUNICIPALES, 33% O MÁS:
* Bonificaciones en pago de determinados impuestos, como el IBI, tasas de basura, agua y alcantarillado
* Reducción y exenciones en tasas por licencia de obras que favorezcan la accesibilidad, si conllevan fomento de empleo.

VIVIENDA, 33% o más:
* Reserva para el alquiler y la adquisición de viviendas protegidas.
* Ayudas a la eliminación de barreras.

EDUCACION, 33% O MÁS:
* Puntuación para acceso a colegios públicos o concertados y en Escuelas Infantiles.
* Becas de educación especial.
* Ayudas de libros de texto.
* Ayuda al transporte.
* Ayudas de comedor.
* Ingresos en centros específicos.
* Programas de Garantía Social.
* Programas de formación para la transición a la vida adulta.
* Exención del pago de tasas en la Universidad.
* Reserva de plazas de acceso a la Universidad.
* Programas de Apoyo y reserva de habitaciones o pisos tutelados.

FORMACIÓN OCUPACIONAL, 33% O MÁS:
* Programas europeos de formación y empleo.
* Ayudas al autoempleo.
* Demanda de empleo por discapacidad. Reserva del 2% en empresas con más de 50 trabajadores.
* Ayudas a empresas privadas por la contratación laboral y subvención por creación de puesto de trabajo y por adaptación al puesto.
* Derecho a reserva de cupo para oposiciones y empleo público, adaptación de tiempo y medios para la realización de exámenes.
* Reducción y exenciones de cuotas de inscripción en procesos selectivos públicos.
* Jubilación anticipada (65%, un año antes, cada cuatro trabajados).
* Derecho del familiar a: jornada reducida, reducción de la jornada laboral en una hora sin reducción salarial (empleados públicos), ayuda económica por reducción de la jornada laboral.
* Aumento de la suspensión del contrato por nacimiento de hijo.

CENTROS ESPECÍFICOS, 33% O MÁS:
* Centros de día, viviendas apoyadas y tuteladas y residencias.

ACTUACIONES EN FAVOR DE FAMILIA NUMEROSA, 33% O MÁS:
* Carné de Familia Numerosa.
* Eliminación del límite de edad a los 21 años.
* Reducción del nº de hijos a dos, si uno de ellos tiene más del 33% de grado de discapacidad, o si ambos padres tienen 33% o uno de ellos un 65%.

VEHICULO, 33% O MÁS:
* Reducción y/o exención del impuesto de matriculación.
* Exención del impuesto municipal de circulación.
* Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
* Reducción del IVA para la adquisición y reparación del vehículo.
* Ayudas a la adquisición y adaptación del vehículo para personas con movilidad reducida.

AYUDAS INDIVIDUALES, 33% O MÁS:
* Ayuda a domicilio.
* Atención personal.
* Ayudas económicas, según: Gerencia de Servicios Sociales. Fundación ONCE. Ayuntamientos (eurotaxi, piscinas, etc).

AYUDAS MUTUALIDADES, 33% O MÁS:
* Ayudas económicas.
* Ayudas a domicilio.
* Ingreso en centros.

ABONO SOCIAL DE TELEFÓNICA, 65%:
* Reducción de la cuota de instalación y abono para pensionistas por incapacidad que no superen la renta establecida.

OTROS, 33% O MÁS:
* Renta Activa de Inserción.
* Pago único por nacimiento de hijo con 33%.
* Exención del pago de tasas para las licencias de caza y pesca.
* Tarjeta dorada de RENFE.
* Servicio de Intérprete de Lengua de signos.
* Protección Jurídica.
* Planes y fondos de pensiones.

El grado de discapacidad y otras ventajas – Asociación HHT España (1)

El grado de discapacidad y la familia numerosa

¿Qué unidades familiares se equiparan a las Familias Numerosas?

Las familias constituidas por:

  • Uno o dos ascendientes con dos hijos o hijas, sean o no comunes, siempre que al menos uno de ellos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.
  • Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos o hijas, sean o no comunes.
  • Tres o más hermanos o hermanas, huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos hermanos o hermanas si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.

¿Qué requisitos son necesarios para que se reconozca y mantenga el derecho a ostentar la condición de familia numerosa?

  • Que los hijos sean solteros y menores de 21 años, o ser persona discapacitada o estar incapacitada para trabajar, cualquiera que fuese su edad. Tal límite se ampliará hasta los 25 años incluidos, mientras se realicen estudios de educación universitaria. Igual ampliación tendrán cuando cursen estudios encaminados a la obtención de un puesto de trabajo. Que los hijos convivan con el ascendiente o ascendientes. Que los hijos e hijas dependan económicamente del ascendiente o ascendientes.

Principales descuentos por familia numerosa

  • Ampliación del periodo considerado como cotizado y el de reserva del puesto de trabajo por excedencia para el cuidado de hijos. Contratación de cuidadores: Descuento del 45% en la Seguridad Social del empleado al contratar a un cuidador. Hay que tener en cuenta que en las familias numerosas de carácter general (3 o 4 hijos) los padres tendrán que trabajar fuera de casa, en las de carácter especial, no es necesario cumplir este requisito.
  • Educación: Becas y ayudas de estudio, libros y material didáctico; Admisión en centros de preescolar y centros docentes públicos; Reducción de tasas y precios públicos entre un 50 y un 100% en las matriculas de las universidades; Admisión en centros educativos preescolar y centros docentes sostenidos con fondo público; Derecho al subsidio para transporte y comedor por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad; Casos de infortunio familiar protegido por el Seguro Escolar: La prestación se incrementa en un 20 o un 50 por ciento dependiendo de las categorías.
  • Vivienda: referencia en los contratos de alquiler del Plan Estatal de Vivienda; Mejora en las condiciones para acceder a ayudas financieras; Acceso a subsidios para adquirir viviendas protegidas y usadas; Facilidades para cambiar a una vivienda más grande, siempre que sea protegida; Ayudas para adaptar las viviendas para familias con hijos discapacitados;
  • Transportes: Reducción de entre un 20 y un 50% en transporte de carretera, ferrocarril y marítimo; Reducción de entre un 5 y un 10% en vuelos nacionales.
  • Cultura: Disposición de un 50% de descuento en entradas a museos, teatros y auditorios siempre cuando dependan del Instituto Nacional de Artes Escénicas.
  • Facturas: Agua: la reducción puede alcanzar hasta un 20% (dependido de la Comunidad Autónoma); Luz: Posibilidad de solicitar el bono social a la propia empresa eléctrica.Beneficios fiscales: se produce un incremento en los mínimos familiares exentos de tributación en función del número de hijos; Creación de una deducción de 1.200 € para familias numerosas en general y de 2.400 € para el caso de familias numerosas de categoría especial. Se puede solicitar la desgravación por anticipado, siendo de 100 y 200 euros mensuales respectivamente; Desgravaciones en el tramo autonómico de la Renta; Rebaja del 4 al 7% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales; Bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
El grado de discapacidad y otras ventajas – Asociación HHT España (2024)
Top Articles
Latest Posts
Article information

Author: Rueben Jacobs

Last Updated:

Views: 6576

Rating: 4.7 / 5 (77 voted)

Reviews: 84% of readers found this page helpful

Author information

Name: Rueben Jacobs

Birthday: 1999-03-14

Address: 951 Caterina Walk, Schambergerside, CA 67667-0896

Phone: +6881806848632

Job: Internal Education Planner

Hobby: Candle making, Cabaret, Poi, Gambling, Rock climbing, Wood carving, Computer programming

Introduction: My name is Rueben Jacobs, I am a cooperative, beautiful, kind, comfortable, glamorous, open, magnificent person who loves writing and wants to share my knowledge and understanding with you.